Historia de ICHA
Estatutos de Idaho Título 67 Gobierno Estatal y Asunto Estatal
Capítulo 72 Comisión de Asuntos Hispanos de Idaho
La Comisión de Asuntos Hispanos de Idaho fue establecida en 1987 por la primera Sección Regular de
la Legislatura de Idaho 49 como entidad independiente de la gobernación del estado.
Los Estatutos de Idaho señalan los deberes y responsabilidades de la Comisón:
- Para recolectar y esparcir información y manejar vistas, conferencias, investigaciones, y estudios especiales en problemas y programas concernientes a la gente Hispana.
- Para preparar, coordinar, y asistir otras organizaciones públicas y privadas que sirven a la gente Hispana, incluyendo el manejo de programas de entrenamientos para los líderes en la comunidad
- Para aconsejar al gobernador, la legislatura y departamentos estatales y agencias de esta naturaleza, magnitud, y prioridades de los problemas de la gente Hispana.
- Para aconsejar al gobernador, la legislatura y departamentos estatales y agencias de, y sisitir en la preparación e implementación de, política comprensivas y coordinadas, programas y procedimientos enfocados en los problemas especiales y necesidades de la gente Hispana, campo de educación, y empleo.
- Para proponer nuevos programas que tengan que ver con la gente Hispana a agencias públicas y privadas y evaluar por esas agencias programas existentes o prospectos en la legislatura concernientes a la gente Hispana.
- Para establecer comités de asesoramiento en asuntos especiales o proyectos
- Para aplicar por y aceptar fondos federales aprobados por el congreso u orden ejecutiva para todos o cualquier propósito de
este capítulo tanto como regalos y donaciones de individuos, corporaciones, organizaciones privadas o fundaciones, y para aceptar
trabajo voluntario secretarial o trabajo a los empleados.
- Para cooperar o contratar con angencias individuales o locales estatales y otras, ambas pública y privada, Incluyendo agencias
del gobierno fe4deral y otros estados.
- Para conocer y ejercer su poder en cualquier lugar en el estado
- Para hacer reglamentos para su propia gobernación y procedimientos sin contradecir la ley de este estado.
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